Obligaciones normativas de los comercios en rebajas de cara al Black Friday
El próximo Black Friday 2019, también conocido como “Viernes negro”, en su traducción literal al español, se celebra el próximo día 29 de noviembre. Este día de rebajas, que da inicio a las compras de Navidad, suele prolongarse hasta el lunes siguiente, conocido como el Cyber Monday, y algunas empresas incluso suelen empezar el jueves anterior a las 22:00 horas. En todo caso debes saber que es cada empresa la que determina la duración de esta promoción y deberá indicar su comienzo y fin de manera visible.
A efectos de regulación comercial debes saber que se trata de una “venta en rebajas”, por lo que le será de aplicación lo establecido en la legislación comercial para este tipo de venta especial.
Por ello, queremos recordarte cuales son las OBLIGACIONES DEL COMERCIANTE de la venta en rebajas
- Disponer de existencias suficientes de productos idénticos para ofrecer al público en relación a la duración de la oferta y a la importancia de la publicidad.
- Indicar de manera visible las fechas de comienzo y final de las ventas en rebajas,tanto en la publicidad como en la información ofrecida sobre las mismas a los consumidores.
- No podrá anunciarse la venta en rebajas de un establecimiento comercial cuando afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos en el mismo, sin perjuicio que pueda anunciarse la de cada producto o artículo en concreto.
- En el supuesto que las ventas con rebajas no afecten a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados estarán debidamente identificados y diferenciados del resto.
- En el caso que se efectúe al mismo tiempo y en el mismo local ventas en rebajas y de saldos o en liquidación, deberán aparecer debidamente separadas con diferenciación de los espacios dedicados a cada una de ellas y con el cumplimiento de los requisitos legales que afectan a cada una de estas ventas.
- Queda prohibida la venta en rebajas de los siguientes artículos: los deteriorados, los adquiridos para esta finalidad y los que no estuvieran dispuestos en el establecimiento para la venta al consumidor final con un mes de antelación a la fecha.
- La reducción de los precios de productos en rebajas seconsignará exhibiendo junto al precio habitual, y sin superponerlo, el precio rebajado de los mismos productos o idénticos a los comercializados en el establecimiento. No obstante cuando se trate de una reducción porcentual de un conjunto de artículos, bastará con un anuncio genérico de la misma sin necesidad de que conste individualmente en cada artículo ofertado.
Recordarte que Comercio Jaén tiene a disposición de sus asociados servicio de asesoramiento jurídico en esta materia ante cualquier actuación de la Inspección de la administración competente (Servicio Provincial de Comercio y Servicio Provincial de Consumo).
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir