Aclaración Nuevas medidas en Andalucía como consecuencia de la pandemia

ibido varias consultas al respecto, queremos aclarar, tal y como establece la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de  alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, lo siguiente:

Según el artículo 2 “Grados de los niveles de alerta 3 y 4”, en su apartado 5, a la provincia de Jaén se le aplicará lo dispuesto en esta orden para el grado 1 (el grado 2 sólo es aplicable a la provincia de Granada), es decir, se podrá llevar a cabo cualquier actividad comercial hasta las 18,00 horas.

El artículo 3 “Medidas del grado 1” establece en su apartado 2 que quedarán exceptuados de dicha limitación horaria las siguientes actividades, servicios o establecimientos:

  1. a) La actividad industrial.
  2. b) Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
  3. c) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  4. d) Los servicios profesionales y empleados del hogar.
  5. e) Los servicios sociales y sociosanitarios.
  6. f) Los centros o clínicas veterinarias.
  7. g) Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la automoción.
  8. h) Las estaciones de inspección técnica de vehículos.
  9. i) Los servicios de entrega a domicilio.
  10. j) Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
  11. k) Los velatorios.
  12. l) Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre, siempre que no se trate de deportes de contacto y centros deportivos para la práctica del deporte federado en espacios deportivos cubiertos en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta.
  13. m) Puntos de encuentro familiar.
  14. n) Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio.

Es decir, estas actividades podrán permanecer abiertas pasadas las 18 horas.

Por otro lado, informarte que  hemos recibido varias llamadas sobre si desde Comercio Jaén se iba a recomendar algún horario de apertura conjunta, habiendo llegado a la conclusión desde los órganos de gobierno, tras un sondeo entre varios comercios, de la inconveniencia de esta medida por cuanto la determinación del horario de apertura es una decisión variable y que depende de muchos factores y ha de ser tomada individualmente por cada establecimiento atendiendo a sus características, clientela, disponibilidad de personal, etc…

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